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Sanción: 30 de Julio de 1998. \nPromulgación: 27/08/98. (De Hecho). \nPublicación: B.O.P. 23/09/98. \nArtículo 1º.- Créase la Comisión para regularizar la problemática existente sobre las rutas complementarias de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. \nArtículo 2º.- Dicha Comisión estará integrada por: \nUn (1) representante del Poder Ejecutivo Provincial; \nun (1) representante de Vialidad Provincial; \nun (1) representante de la Legislatura Provincial; \nun (1) representante de la Sociedad de Productores de Tierra del Fuego; \nun (1) representante de la Sociedad Rural de Tierra del Fuego. \nArtículo 3º.- Dicha Comisión tendrá un plazo de noventa (90) días para presentar la propuesta a la Cámara Legislativa. \nArtículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. |