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Sanción: 28 de Noviembre de 1996. \n
Promulgación: 30/12/96. Veto Total por Dto. Nº 2767/96. \n
Insistencia Legislativa Res. Nº 381/96. \n
Publicación: B.O.P. 03/01/97. \n
Artículo 1º.- Cese a partir del día 2 de enero de 1997, la intervención al Instituto de Servicios Sociales de la Provincia. \n
Artículo 2º.- Créase la Comisión Normalizadora del Instituto de Servicios Sociales de la Provincia, integrada por: \n
a) Un (1) representante del Poder Ejecutivo Provincial; \n
b) un (1) representante del Poder Legislativo; \n
c) un (1) representante del Consejo de Administración anterior a la intervención. \n
Artículo 3º.- La Comisión Normalizadora asumirá el día 2 de enero de 1997, teniendo como funciones las siguientes: \n
a) La administración de la Obra Social conforme las facultades previstas en la Ley Territorial Nº 442 y sus modificatorias para el Consejo de Administración; \n
b) realizar elecciones para integrar el Consejo de Administración entre los días 13 y 24 de marzo de 1997; \n
c) poner en funciones a las nuevas autoridades electas dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la proclamación de las mismas por parte de la Junta Electoral. \n
Artículo 4º.- Los representantes del Poder Ejecutivo Provincial y Poder Legislativo en la Comisión Normalizadora serán ad-honorem. \n
El representante del Consejo de Administración anterior percibirá una remuneración conforme lo establecido en la Ley Territorial Nº 442 para el cargo de Consejero. \n
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. |