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Sanción: 17 de Septiembre de 1992. \nPromulgación: 05/10/92 D.P. Nº 1756. \nPublicación: B.O.P. 09/10/92. \nArtículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Ley N° 357, el que queda redactado de la siguiente forma: \"Artículo 1°.- Amplíase el ejido urbano municipal de la ciudad de Río Grande, que quedará encuadrado dentro del área delimitada al Oeste, por el Meridiano de 68° Oeste; al Sur por el Paralelo de 54° Sur y al Noreste por la costa del Mar Argentino, desde su intersección con el Paralelo de 54° Sur hasta su intersección con el Meridiano de 68° Oeste\". \nArtículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. |