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Sanción: 02 de Junio de 1988. \nPromulgación: 31/05/89. DE HECHO. \nVeto Dto. 2307/88. \nInsistencia Legislativa Nota Nº 186/88. \nPublicación: B.O.T. 07/06/89. \nArtículo 1º.- Amplíase el ejido municipal de la ciudad de Río Grande, que quedará encuadrado dentro del área delimitada al Norte por el Meridiano de 68º, al Sur por el Paralelo de 54º, al Este por las costas del Océano Atlántico desde el Meridiano de 68º hasta el Paralelo de 54º y al Oeste por la línea imaginaria desde el Meridiano de 68º hasta el punto de intersección con el Paralelo de 54º. \nArtículo 2º.- Derógase el artículo 2º de la Ley Nº 72 del 24 de mayo de 1973. \nArtículo 3º.- De forma. |