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Sanción: 21 de Mayo de 1987. \nPromulgación: 17/06/87. D.T. Nº 1.752. \nPublicación: B.O.T. 22/06/87. \nArtículo 1º.- Subsídiase a partir de la fecha el consumo familiar de gas envasado en toda la Isla Grande de Tierra del Fuego. \nArtículo 2º.- El subsidio será equivalente al 50% del valor que fije Gas del Estado para los cilindros de 45 Kg. y garrafas de 10 Kg. \nArtículo 3º.- El Poder Ejecutivo Territorial arbitrará los recaudos necesarios para la implementación y pago del subsidio establecido. \nArtículo 4º.- El gasto que demande la presente será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes. \nArtículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |