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Sanción: 05 de Septiembre de 1985. \nPromulgación: 07/10/85. D.T. Nº 3532. \nPublicación: B.O.T. 14/10/85. \nArtículo 1º.- Agrégase a la Ley Nº 240 del Territorio, el siguiente: \n“Artículo 8º.- El Poder Ejecutivo Territorial reglamentará la presente Ley en el término de (30) treinta días a partir de la promulgación de la presente Ley.”. \nArtículo 2º.- De forma. |