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Sanción: 26 de Octubre de 1984. \nPromulgación: 31/10/84. D.T. Nº 2.959. \nPublicación: B.O.T. 12/11/84. \nArtículo 1º.- Autorízase al Banco del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur S.A. a tomar la asistencia crediticia concedida por el Banco Central de la República Argentina a través de la Resolución Nº 159 del 30/3/84 en la forma y con las modalidades emergentes de los puntos 4 y 5 del Anexo a dicha resolución (PAUTAS PARA CONTRIBUIR A LA SOLUCION DE LA SITUACION POR LA QUE ATRAVIESAN LOS BANCOS OFICIALES DE PROVINCIAS Y MUNICIPALES). \nArtículo 2º.- Atento lo que surge del Artículo 1º, formúlase compromiso de capitalización en los términos de lo dispuesto en los puntos 4 y 5 del Anexo a la resolución referida. \nArtículo 3º.- En garantía del crédito aféctase coparticipación federal hasta el monto que surja de la aplicación de lo dispuesto en el Pto. 4.1. de la Resolución Nº 159 del 30/3/84 del Banco Central de la República Argentina con más el ajuste correspondiente por aplicación de la variación que experimente el Préstamo Consolidado -no ajustable- Clientela General. \nArtículo 4º.- Comuníquese, publíquese, dése copia al Boletín Oficial del Territorio y Archívese. |