Documento
<< Anterior | ID 199 Imprimir | Siguiente >> |
Sanción y Promulgación: 16 de Marzo de 1983. \nPublicación: B.O.T. 28/03/83. \nArtículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la ciudad de Ushuaia, individualizado con Nomenclatura Catastral: Sección B - Macizo 6 - Parcela 1ª Ushuaia, cuyos linderos y medidas según plano de Mensura T. F. 1 - 22 - 81, registrado en la Dirección General de Catastro, son los siguientes: Norte con avenida 12 de Octubre, en dos líneas, mide, la primera 189,70 m. y la segunda 48,63m.; Este con Arroyo Buena Esperanza, mide 149,71m.; Sur con parcela Nº 15, 9, 8, 7, 6, 5, 4, 3, 2, y con parte de la calle Kuanip, en dos fracciones, mide, la primera 188,78m. y la segunda 55,21m.; y Oeste con la calle Primer Argentino y con la parcela 16, mide 171,35m. Encierra una superficie según Mensura de 37.707,16 metros cuadrados. \nArtículo 2º.- El Poder Ejecutivo Territorial podrá adquirir el inmueble en forma directa para el Instituto Territorial de Vivienda y Urbanismo. \nArtículo 3º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial del Territorio, archívese. |