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Sanción: 31 de Octubre de 2022. Promulgación: 17/11/22. D.P.Nº. 3070/22. Publicación: B.O.P. 18/11/22.
Artículo 1º.- Adhiérese la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 27.642 – Promoción de la Alimentación Saludable.
Artículo 2º.- La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud o el organismo que en el futuro lo reemplace.
Artículo 3º.- La autoridad de aplicación debe implementar una campaña masiva de comunicación a través de los distintos medios que estime conveniente, a los fines de que la población tome conocimiento de los alcances de la presente ley.
Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el plazo de sesenta (60) días a partir de su promulgación.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |