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LEY Nº 1421
OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO (OSPTF): MODIFICACIÓN. Sanción: 16 de Junio de 2022. Promulgación: 06/07/22. D.P.Nº. 1610/22. Publicación: B.O.P. 07/07/22.
Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 19 inciso a) de la Ley provincial 1071, por el siguiente texto: “Artículo 19.- La Obra Social atenderá el cumplimiento de sus obligaciones con los siguientes recursos:
Artículo 2º.- Crease el Consejo Consultivo Técnico ad honorem, el cual garantizará la participación de los trabajadores con un (1) representante de cada gremio que cuenta con personería gremial vinculada a la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTF), para análisis de los avances y planificación de objetivos.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |