Documento
<< Anterior | ID 1884 Imprimir | Siguiente >> |
Sanción: 30 de Septiembre de 2021. Promulgación: 25/10/21 (De Hecho). Publicación: B.O.P. 02/11/21. Artículo 1°.- Establécese el reconocimiento provincial a cada veterano de guerra mediante el otorgamiento de Medalla y Diploma, el día 2 de Abril de 2022, por la conmemoración del “40° Aniversario de la GESTA HEROICA DE MALVINAS”. Artículo 2°.- La Medalla y Diploma establecidos en el artículo 1°, serán confeccionados teniendo en cuenta lo sugerido en el Anexo I que forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo instrumentará el otorgamiento de la distinción a todo Veterano de Guerra con residencia de cinco (5) años en la Provincia. Artículo 4°.- Los Centros de Excombatientes de la Provincia propondrán un logo del “40° Aniversario de la GESTA HEROICA DE MALVINAS”, el que será implementado de acuerdo a lo dispuesto en la reglamentación de la presente. Artículo 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento del artículo 2° serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de sesenta (60) días a partir de su promulgación. Artículo 7°. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY PROVINCIAL N° 1386 - ANEXO I MEDALLA «40° ANIVERSARIO DE LA GESTA HEROICA DE MALVINAS» Las dimensiones de las medallas del «40° ANIVERSARIO DE LA GESTA HEROICA DE MALVINAS» serán aproximadamente de: Alto: cinco centímetros (5 cm) Ancho: cuatro centímetros (4 cm). Las inscripciones en las mismas serán las siguientes: ANVERSO «2022 LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO A SUS HÉROES VOLVEREMOS»
REVERSO «2022 LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO A SUS HÉROES VOLVEREMOS»
Sobre el mapa: EN EL 40 ANIVERSARIO A Nombre y Apellido del VETERANO POR SU VALIOSA PARTICIPACIÓN EN LA RECUPERACIÓN DE NUESTRA INTEGRIDAD TERRITORIAL En el vano creado por los semicírculos irá recortada la Provincia con sus límites, tal cual lo prescribe la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, con sus espacios marítimos e insulares correspondientes. La medalla será sostenida por: 1. La cinta bandera nacional y la cinta bandera provincial, ambas unidas por una fina franja roja; 2. las cintas tendrán en sus puntas la unión a la medalla; 3. en la parte superior estará sostenida por un broche; 4. el broche reiterará los colores de las banderas Nacional y Provincial; 5. en el centro del broche las Islas Malvinas con fondo rojo; y 6. su presentación para traje de calle, será un pin con la réplica del broche que sujeta la medalla. |