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RÉGIMEN DE RETIRO ANTICIPADO PARA EL PERSONAL DEL ESTADO PROVINCIAL: DEROGACIÓN.
Sanción: 29 de Diciembre de 2020. Promulgación: 18/01/21. D.P. Nº 083/21. Publicación: B.O.P. 19/01/21.
Artículo 1°.- Derógase la Ley provincial 1200 sobre Régimen de Retiro Anticipado para el personal de la Administración Pública Provincial.
Artículo 2º.- Los derechos adquiridos por los beneficiarios y las condiciones establecidas por acogerse al régimen instituido por la Ley provincial 1200, continúan vigentes sin poder ser alterados ni modificados en razón de la derogación dispuesta por el artículo 1º de la presente.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |