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Sanción: 27 de Diciembre de 2019. n Promulgación: 03/01/20. D.P.N. 15/20. n Publicación: B.O.P.: 06/01/20. n Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 125 de la Ley provincial 1024, Código Contravencional, por el siguiente texto: n “Artículo 125.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del 1º de febrero de 2021.”. n
n Artículo 2º.- Derógase la Ley provincial 1262. n
n Artículo 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |