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Sanción: 29 de Noviembre de 2019. n Promulgación: 06/12/19. D.P.N. 4198/19. n Publicación: B.O.P.: 09/12/19. n
n Artículo 1º.- Incorpórase el artículo 9º bis a la Ley provincial 509, Régimen Provincial de Salud Sexual y Reproductiva, con el siguiente texto: n “Artículo 9º bis.- La Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego o el organismo que en el futuro lo reemplace y toda obra social o servicio de salud provincial debe incorporar dentro de las prestaciones que brinda a sus afiliados, la cobertura médica de los métodos anticonceptivos previstos por esta ley en el marco del Programa Médico Obligatorio (PMO), pudiendo extender la cobertura a los métodos que el/la profesional médico prescriba para cada persona.”. n
n Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. n
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