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Sanción: 14 de Diciembre de 2018. \nPromulgación: 20/12/18 D.P. Nº 3591/18. \nPublicación: B.O.P.: 26/12/18. \n\n Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a permutar los inmuebles propiedad de la Provincia identificado como Parcela 7 y 8, ambas del Macizo 16, Sección G de la ciudad de Ushuaia (con una superficie de 1470,97 m2 y 6156,68 m2 respectivamente) por el inmueble identificado como Parcela 16 del Macizo 149 de la Sección K de la ciudad de Río Grande (con una superficie de 25546,05 m2) cuya propiedad pertenece a la Sociedad “TREJO LOGISTIC SA” CUIT 33-70787500-9, en tanto la operación resulte ventajosa a los intereses del Estado provincial \nArtículo 2º.- La presente operación no generara gasto alguno para la Provincia, no pudiendo serle exigida contraprestación adicional alguna a la transferencia de los inmuebles, ni compensación por la diferencia de superficies y de valuaciones de los inmuebles permutados, remanentes y/u otros conceptos, quedando a exclusivo costo y cargo de la Sociedad “TREJO LOGISTIC SA” todos los gastos, impuestos, tasas y contribuciones que demande la transferencia de los inmuebles. \nArtículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |