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Sanción: 27 de Noviembre de 2018. n Promulgación: 11/12/18 D.P.N 3429/18 n Publicación: B.O.P.: 13/12/18. n
n Artículo 1º.- Incorpórase el artículo 39 bis a la Ley provincial 191, Ejercicio de las profesiones en ciencias económicas, con el siguiente texto: n "Artículo 39 bis.- En caso de allanamiento o registro de un estudio profesional, en el marco de lo dispuesto en la presente ley, la autoridad competente que hubiere dispuesto la medida debe dar aviso de ella al Consejo Profesional y el profesional puede solicitar la presencia de veedores del Consejo Profesional durante el procedimiento, sin que ello implique suspenderlo.”. n
n Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |