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Sanción: 05 de Abril de 2018. \nPromulgación: 11/04/18. D.P.N: 908/18 \nPublicación: B.O.P.: 13/04/18. \nArtículo 1º.- Autorízase a la Dirección Provincial de Energía (DPE) a realizar operaciones de crédito público, cuyo vencimiento exceda el Ejercicio, por hasta un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL (USD 12.500.000,00.-); o su equivalente en pesos según la cotización del Dólar Estadounidense tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina, así como constituir garantías mediante la afectación patrimonial de bienes, derechos o recursos, o bien por la cesión o fideicomiso de derechos o acreencias. \nDichos instrumentos financieros podrán ser representativos de deuda interna o externa; ser nominativos, transferibles o intransferibles. El plazo mínimo de amortización será de doce (12) meses y las tasas de interés acordadas no podrán superar las prevalecientes en el mercado de deuda provincial para obligaciones de similares características al momento de su emisión. \nArtículo 2º.- Los recursos obtenidos por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1° se destinarán a la adquisición de turbogeneradores, maquinarías y equipamiento que permita mantener la generación de energía actual brindada por la Dirección Provincial de Energía en la ciudad de Ushuaia. \nArtículo 3º.- Facúltase al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a la autorización efectuada en el artículo 1º de la presente. \nArtículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |