Documento
<< Anterior | ID 1686 Imprimir | Siguiente >> |
Sanción: 06 de Diciembre de 2017. \n Promulgación: 06/12/17. \n Publicación: B.O.P.: 06/12/17. \n Artículo 1º.- Apruébanse en todos y cada uno de sus términos los Convenios de Asistencia Financiera correspondientes al Programa de Convergencia Fiscal que fueran registrados bajo los Nros. 18013 y 18076, ratificados por Decretos provinciales Nros. 2699 y 3267/17 respectivamente, celebrados entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por la señora Gobernadora Rosana Andrea BERTONE y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, representado por su Director Ejecutivo Fabián Gustavo DALL\'O, el 26 de septiembre y el 23 de noviembre de 2017, cuyas copias autenticadas forman parte integrante de la presente. \n Artículo 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar operaciones de crédito público por un monto de hasta la suma de PESOS NOVECIENTOS MILLONES ($900.000.000), así como constituir garantías mediante la afectación patrimonial de bienes, derechos o recursos de origen provincial o federal, o bien por la cesión o fideicomiso de derechos o acreencias. Dichos instrumentos financieros serán destinados a fin de cancelar obligaciones financieras y los créditos suscritos con el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial mediante los convenios aprobados en el artículo 1° de la presente, en un nuevo Convenio de Asistencia Financiera, en el marco del Programa de Convergencia Fiscal, bajo las siguientes condiciones: \n
\n \n \n \n \n \n Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |