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Sanción: 14 de Julio de 2016. Promulgación: 28/07/16 D.P Nº 1427/16. Publicación: B.O.P. 04/08/2016.
Artículo 1º.- Incorpórase como último párrafo del artículo 6º bis, de la Ley provincial 482, modificatoria de la Ley provincial 376, de Tránsito y Seguridad Vial, el siguiente texto:
“A los fines de acreditar la existencia y vigencia del seguro obligatorio a que se refiere la presente norma, se admitirá la exhibición de los respectivos comprobantes en versiones digitales.”. n
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n Artículo 2º.- Invítase a los municipios de las ciudades de Ushuaia, Tolhuin y Río Grande a adherir a la presente ley. n
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n Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y a las municipalidades de las ciudades de Ushuaia, Tolhuin y Río Grande. n
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