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Sanción: 30 de Diciembre de 2015. \n \n Promulgación: 05/01/16 D.P Nº 008/16. \n \n Publicación: B.O.P. 08/01/2016. \n \n Artículo 1º.- Apruébase el Convenio registrado bajo el Nº 103/15 del registro del Instituto Provincial de Vivienda (I.P.V.), celebrado en fecha 18 de noviembre de 2014 entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y el Instituto Provincial de Vivienda (I.P.V.), en el marco del “Programa Federal de Integración Sociocomunitaria”. \n \n Artículo 2º.- Autorízase al Instituto Provincial de Vivienda (I.P.V.) a efectuar la contratación directa de la “Cooperativa de Trabajo Casa Base Limitada”, Matrícula Nº 54087, para la ejecución de diez (10) viviendas por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL ($ 6.528.000,00.-) en el marco del Convenio referido en el Artículo 1º de la presente Ley y del “Programa Federal de Integración Sociocomunitaria”. \n \n Artículo 3º.- Apruébase el proyecto de convenio a suscribirse entre el Instituto Provincial de Vivienda (I.P.V.) y la “Cooperativa de Trabajo Casa Base Limitada”, para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente, que forma parte integrante de la presente como Anexo I. \n \n Artículo 4º.- Facúltase al Instituto Provincial de Vivienda (I.P.V.) a celebrar y/o emitir todos aquellos actos que fueran necesarios a los efectos del cumplimiento de la presente ley. \n \n Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |