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Sanción: 20 de Noviembre de 2014 \nPromulgación: 31/03/2015 (De Hecho) \nVeto Total Dto. Nº 3144/14. \nInsistencia Legislativa Res. Nº 021/15. \nPublicación: B.O.P.: 10/04/15. \nArtículo 1°.- Establécese la designación del representante por la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur ante el Consejo Federal Pesquero conforme el artículo 8º de la Ley nacional 24.922 por decreto del Poder Ejecutivo y “ad-referéndum” de la Cámara, quién no podrá asumir sus funciones hasta tanto no preste conformidad expresa o tácita. \nArtículo 2°.- El Poder Ejecutivo deberá notificar la designación de referencia al Poder Legislativo en un plazo no mayor a los dos (2) días hábiles. \nEl consentimiento se considerará otorgado si en la sesión siguiente a que la designación tome estado parlamentario, en la Comisión de Labor Parlamentaria, la Legislatura no manifiesta oposición expresa a la designación efectuada. \nArtículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |