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Sanción y Promulgación: 11 de Julio de 1980. \nPublicación: B.O.T. 21/07/80. \nArtículo 1º.- Deróganse con retroactividad al momento de su promulgación las Leyes Territoriales Nros. 115,134 y 135. \nArtículo 2º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial del Territorio y archívese. |