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Sanción: 08 de Enero de 2014 Por vencimiento del plazo Art. 111 Constitución Provincial. Promulgación: 26/02/2014 D.P Nº 0434. Publicación: B.O.P.: 28/02/14.
Artículo 1º .- Sustituyase en el nomenclador de actividades (Anexo I) de la Ley Provincial Nº 440 y sus modificatorias, la alícuota aplicable a la actividad de extracción de petróleo crudo y gas natural (Código 111000) que se fija en el 3% (tres por ciento).
n Artículo 2º .- Las disposiciones de esta ley entraran en vigencia a partir del dia siguiente de su publicación. n
n Artículo 3º .- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |