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Sanción y Promulgación: 14 de Diciembre de 1978. \nPublicación: B.O.T. 26/12/78. \nArtículo 1º.- Acéptase la transferencia de CIENTO VEINTIOCHO (128) cargos docentes y no docentes, pertenecientes a las escuelas primarias del Territorio que hasta el día 05 de setiembre próximo pasado se hallaban bajo la dependencia del Consejo Nacional de Educación y que, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 21.810 y el acta firmada el 05 de setiembre de 1978, pasaron a la jurisdicción territorial, conforme el detalle obrante en el ANEXO I de la presente Ley. \nArtículo 2º.- Créanse VEINTICINCO (25) nuevos cargos docentes, los que a partir de esta fecha deberán considerarse incluidos en las plantas funcionales de las escuelas según detalle expuesto en el ANEXO II de esta Ley. \nArtículo 3º.- Modifícase el artículo 5º de la Ley Territorial Nº 112 de aprobación del Presupuesto para el año 1978, llevando a UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO (1.554) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente, incluyendo TRES (3) cargos de la JUNTA DE CLASIFICACION Y DISCIPLINA creada por Ley Territorial Nº 113 no sufriendo modificación el número de cargos previstos como Planta de Personal Temporario. \nArtículo 4º.- El Ministerio de Economía y Finanzas asignará el crédito correspondiente para la atención del gasto que se derive de la presente incorporación. \nArtículo 5º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial del Territorio y archívese. \n(*) Las planillas anexas a la presente Ley obran en los archivos de la Secretaría Legislativa del Poder Legislativo Provincial. |