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Sanción: 13 de Mayo de 2004. n Promulgación: 07/06/04 D.P. N° 1988. n Publicación: B.O.P. 11/06/04. n Artículo 1°.- Modifícase el punto 1, del artículo 2° de la Ley provincial 601, el que quedará redactado de la siguiente manera: n "3-INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA". n Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. |