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Sanción: 12 de Diciembre de 2000. n Promulgación: 04/01/01. D.P. Nº 22. n Publicación: B.O.P.: 01/02/01. n
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n TÍTULO I y II n
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n PRESUPUESTO DE RECURSOS Y GASTOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS n
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n Artículo 1º.- Fíjase en la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTIUN MILLONES DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($ 521.018.749.-) los gastos corrientes, gastos de capital, aplicaciones financieras y otros gastos del Presupuesto General de la Administración Pública provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados), para el Ejercicio 2001, con destino a las finalidades e instituciones que se indican a continuación, y analíticamente en planillas anexas que forman parte de la presente Ley: n
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n Artículo 2º.- Estímase en la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CIENTO SESENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 419.160.765) el Cálculo de Ingresos de la Administración Pública provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 2001, destinado a atender los gastos fijados en el artículo 1º de la presente Ley, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en planillas anexas, las que forman parte integrante de la presente Ley: n
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n Artículo 3º.- Fíjase en la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUATRO ( $ 47.365.804.-) los importes correspondientes a los Gastos Figurativos para transacciones corrientes y de capital de la Administración Pública provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados), quedando en consecuencia establecido el financiamiento por Contribuciones Figurativas de la Administración Pública provin |