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DEROGA LA LEY PROVINCIAL Nº 491: INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA: AUTORIZACIÓN PARA OBTENER FINANCIAMIENTO NACIONAL O INTERNACIONAL POR LA SUMA DE PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000) A TRAVÉS DE LA TITULIZACIÓN DE SU CARTERA DE CRÉDITOS.
MODIFICA LA LEY PROVINCIAL Nº 245: VIVIENDA - ADHESIÓN DE LA PROVINCIA A LA LEY NACIONAL 24.464. FONDO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA: CREACIÓN.
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Año - 2005 -
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